Abogados explican por qué Luis Pacheco, viceministro de Desarrollo Sostenible, no tenía inmunidad

Abogados explican por qué Luis Pacheco, viceministro de Desarrollo Sostenible, no tenía inmunidad

El actual funcionario fue presidente de Los 48 Cantones de Totonicapán y lideró parte de las protestas de 2023 para que Bernardo Arévalo asumiera como presidente

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23/04/2025 13:34
Fuente: Prensa Libre 

El Ministerio Público (MP) coordinó la captura de Luis Pacheco, viceministro de Desarrollo Sostenible, señalado por asociación ilícita, sedición, terrorismo, obstaculización a la acción penal y obstaculización de justicia.

El funcionario de la administración del presidente Bernardo Arévalo no goza del derecho de antejuicio de acuerdo con la interpretación legal de dos abogados expertos en temas penales y constitucionales.

Pacheco, antes de ser nombrado viceministro, fue presidente de Los 48 Cantones de Totonicapán, movimiento indígena que encabezó parte de las protestas sociales del 2023 para garantizar la toma de posesión de las autoridades electas.

En conferencia de prensa, el MP informó que la ocupación de los manifestantes frente a la sede de la institución constituyó un bloqueo en el acceso a la justicia para las personas que necesitaban efectuar alguna gestión o requerir algún servicio en ese edificio.

Francisco Quezada, del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (Cien), explicó que un viceministro no goza del derecho de inmunidad, lo que le permite a las autoridades proceder libremente contra los funcionarios descritos en esta categoría, salvo con una excepción.

“Solamente que estuviera ejerciendo el cargo de ministro tenía derecho de antejuicio. Siendo un viceministro en funciones de ministro, de manera temporal, sí habría tenido derecho de antejuicio”, escenario en el que no se encontraba Pacheco, según la explicación de Quezada.

El abogado añadió diciendo que este beneficio, que en ocasiones puede ser mal utilizado, busca no perjudicar la función pública por ataques políticos.

“Para proteger al cargo de los funcionarios, para que no sean asediados por rivalidades políticas para debilitarlos en un proceso penal, existe la posibilidad de que otra autoridad resuelva si los señalamientos son legítimos”, dijo.

Inconstitucionalidad del 2003

El abogado Edgar Ortiz, también analista independiente, coincide en que Pacheco no gozaba del derecho de inmunidad al momento de su captura. “La respuesta corta es que no, y es muy simple: el derecho de antejuicio es una excepción a la norma, la norma general es que todos somos iguales ante la ley”.

Ortiz recordó que a inicios del 2000 se intentó ampliar la lista de personas que podían gozar de la protección de la inmunidad, pero la Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó ampliar la cantidad de funcionarios que podían gozar del beneficio legal.

“El artículo 165 de la Constitución dice que los viceministros gozan de antejuicio cuando están encargados de despacho, es decir, de forma interina (…) aquellos intentos por extender el derecho de antejuicio a funcionarios que no están mencionados en la Constitución, es inconstitucionalidad”, indicó.