TGW
Guatevision
DCA
Prensa Libre
Canal Antigua
La Hora
Sonora
Al Día
Emisoras Unidas
AGN
Más de lo mismo
El endeudamiento público subirá a Q33.5 millardos.
Enlace generado
Resumen Automático
Reitero los señalamientos que hice hace un año al proyecto de presupuesto de ingresos y egresos del Estado. Para 2026 es de Q163.8 millardos, superando los Q154.8 millardos de este año. El 16.2% del Producto Interno Bruto (PIB), que se estima llegará a Q1,010.8 millardos. Mientras la carga tributaria no superará el 11.8% del PIB.
El Estado tampoco debe pagar con deuda los salarios del personal permanente.
Para darnos una idea de lo reducido que es el presupuesto guatemalteco, vale mencionar que el gasto público en Francia es 55%, Italia 50%, España 48%, Alemania 45% y Estados Unidos 38%. Argentina 40%, Brasil 37%, Colombia 28%, Chile y México 25%, Costa Rica 30%, Honduras 27%, El Salvador 25%, Nicaragua 22% y Panamá 20%.
Por mandato constitucional, el presupuesto debe ser aprobado, modificado o improbado por el Pleno del Congreso de la República a más tardar el 30 de noviembre, debiendo incluir la estimación de todos los ingresos a obtener y los gastos por realizar. De igual forma, ordena que todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir los egresos.
La Ley Orgánica del Presupuesto (LOP) regula la forma de elaborar el presupuesto de cada año, señalando que lo aprobado por el Congreso constituye el límite máximo de las asignaciones presupuestarias, no pudiéndose adquirir compromisos ni devengar gastos para los cuales no existan saldos presupuestarios ni disponerlos para una finalidad distinta a la prevista, lo cual es punible penalmente.
El presupuesto propone financiar con deuda pública el aumento de los gastos de funcionamiento, pese a que la LOP no permite realizar operaciones de crédito público para financiar gastos corrientes u operativos. Así como en lo personal, en lo familiar, o lo empresarial, no debemos endeudarnos para cubrir los gastos corrientes recurrentes, como alimentación, alquiler, transporte, o pago de salarios, compra de insumos, etc., el Estado tampoco debe pagar con deuda los salarios del personal permanente (maestros, médicos, policías) que continuarán laborando indefinidamente, sabiendo que el ingreso proveniente de un préstamo se recibe una sola vez y que no se tendrá al año siguiente.
Los recursos provenientes del endeudamiento público solo pueden destinarse a financiar inversiones productivas, de beneficio social y de infraestructura, excepto en casos de evidente necesidad nacional, aprobados por el voto favorable de dos terceras partes del total de diputados. También pueden usarse para financiar pasivos y sus intereses (deuda revolvente) o para una reorganización del Estado, pero no es el caso.
El endeudamiento público subirá a Q33.5 millardos (Q27.7 millardos este año y Q13.9 millardos el año pasado). El déficit fiscal será del 3.3% del PIB, llegando la deuda pública al 238% de los ingresos tributarios. Si se ejecuta todo el presupuesto 2025, el saldo de caja que pasará al 2026 será de Q3.4 millardos.
El artículo 55 del proyecto de Presupuesto, igual que dispuso el controversial decreto 7-2025, dispone incrementar el presupuesto para 2026 con los saldos por devengar de obras inconclusas de los Codedes, coincidiendo el Ejecutivo con el Legislativo, pero contraviniendo la LOP.
Reconociendo la incapacidad del aparato gubernamental, en el artículo 103 se autoriza que las entidades públicas puedan suscribir convenios con las agencias del sistema de Naciones Unidas, Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos o cualquier otro organismo internacional, para mejorar el nivel de ejecución de la obra pública. En general es más de lo mismo, pero ojalá a estas alturas ya hayan aprendido y empiecen a dar resultados.