¿Cuántas cuotas exige el IGSS para pensión por invalidez y sobrevivencia? Requisitos clave que todo afiliado debe cumplir  

¿Cuántas cuotas exige el IGSS para pensión por invalidez y sobrevivencia? Requisitos clave que todo afiliado debe cumplir  

El IGSS exige cuotas mínimas y requisitos específicos para otorgar pensión por invalidez, vejez o sobrevivencia. Conocerlos es clave para no perder el beneficio.

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24/05/2025 08:30
Fuente: Prensa Libre 

El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) establece requisitos específicos de contribución para que los afiliados o sus beneficiarios puedan acceder a una pensión por invalidez, vejez o sobrevivencia.

Comprender cuántas cuotas exige el IGSS para cada tipo de pensión y mantener la continuidad en las contribuciones son aspectos fundamentales para no perder este derecho.

Tanto trabajadores activos como cesantes deben considerar opciones como la contribución voluntaria para proteger su futuro y el de su familia ante cualquier eventualidad.

Requisitos y cuotas mínimas

Según el artículo 4 del Capítulo II del Acuerdo del IGSS, un afiliado puede solicitar una pensión por invalidez si cumple con ciertas condiciones, dependiendo del tipo de invalidez.

  1. Invalidez causada por enfermedad durante la afiliación activa:
    El afiliado debe haber cotizado un mínimo de 36 meses al sistema, incluyendo el mes en que ocurrió el evento que generó la invalidez.
  1. Invalidez por otras causas:
    En este caso, se aplican requisitos de cuotas y edad:
  1. Si el afiliado tiene menos de 45 años, debe contar con al menos 60 meses de contribución en los 9 años inmediatamente anteriores al primer día de la invalidez.
  1. Si tiene entre 45 y menos de 55 años, necesita haber aportado 120 meses en los 12 años previos al inicio de la invalidez.

La declaración de invalidez es realizada únicamente por el IGSS, tras exámenes médicos oficiales que confirmen una incapacidad total y permanente.

Cuotas necesarias para solicitar pensión por sobrevivencia

De acuerdo con el artículo 22 del reglamento del IGSS, para que los beneficiarios de un afiliado fallecido puedan solicitar una pensión por sobrevivencia, este último debe haber acreditado al menos 36 meses de contribución en los 6 años anteriores a su fallecimiento.

Esto aplica a esposos(as), hijos menores de edad, hijos con discapacidad o padres económicamente dependientes del afiliado fallecido.

¿Qué significa “contribuciones dentro de los años anteriores”?

Claudia Sentes, jefa del Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS) del IGSS, explica que cuando se habla de cuotas “dentro de los años anteriores”, significa que las contribuciones deben haberse realizado de forma continua y sin interrupciones en el periodo requerido.

Por ejemplo, si se exige haber aportado 36 cuotas en los últimos 6 años, eso implica que el afiliado debió contribuir, al menos, durante 36 meses consecutivos dentro de ese plazo. No se aceptan lapsos sin cotizaciones.

“Aunque un afiliado tenga más cuotas acumuladas, si no las aportó de forma continua dentro del tiempo estipulado, no califica para la pensión”, subraya Sentes.

¿Cuántas cuotas se necesitan para la pensión por vejez?

El Acuerdo 1492 del IGSS, que modifica el Artículo 15 del Acuerdo 1124, establece que los afiliados tienen derecho a la pensión por vejez si cumplen con dos condiciones:

  1. Alcanzar la edad mínima requerida (60 años para hombres y mujeres).
  1. Haber realizado un número mínimo de contribuciones mensuales al IGSS, según la siguiente tabla:
PeriodoContribuciones requeridas
Hasta el 31 de diciembre del 2010 180
Del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre del 2012 192
Del 1 de enero al 31 de mayo del 2013 204
Del 1 de junio al 31 de diciembre del 2013 216
Del 1 de enero al 31 de mayo del 2014 228
A partir del 1 de junio del 2014 240 cuotas
Cuotas de afiliación requeridas según el año en que el asegurado cumple los requisitos para solicitar la pensión por vejez. (Elaboración propia, con datos de IGSS)

Estas cuotas sí pueden ser acumulativas a lo largo de toda la vida laboral del afiliado, a diferencia de los requisitos para las pensiones de invalidez o sobrevivencia, que son más estrictos respecto al periodo en que deben haberse aportado.

¿Cómo mantenerse cubierto para acceder a cualquier pensión?

Sentes advierte que una causa frecuente de rechazo en las solicitudes de pensión por invalidez o sobrevivencia es la interrupción en los aportes.

Esto suele suceder cuando el afiliado pierde su empleo y tarda en encontrar uno nuevo, interrumpiendo sus contribuciones mensuales.

Para evitarlo, el IGSS permite la opción de afiliación voluntaria. Durante periodos sin empleo, el trabajador puede inscribirse como contribuyente voluntario, lo cual le permite seguir acumulando cuotas.

“Aunque la contribución voluntaria no incluye cobertura médica, sí garantiza protección económica en caso de fallecimiento o invalidez del afiliado”, aclara Sentes.