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¿Qué salario toma el Igss para calcular la pensión por vejez si trabajó en sector público y privado?
El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social aclara qué salario se toma como base para la pensión por vejez cuando un afiliado ha trabajado en el sector público y privado.
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El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (Igss) explica cómo se determina el salario base para calcular la pensión por vejez, especialmente en los casos de afiliados que han trabajado tanto en el sector público como en el sector privado durante los últimos años de su vida laboral.
Cuando un afiliado inicia su proceso de pensión por jubilación y ha prestado servicios en ambos sectores dentro de los últimos cinco años, el Igss aclara que se toma en cuenta el último salario reportado al programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS).
Esto significa que, sin importar si el trabajador laboró en una empresa privada o en una institución pública, el cálculo se hará sobre el último salario en el que cotizó al programa IVS.
¿Todos los que trabajan en el sector público pagan al Igss?
Aunque la mayoría de los trabajadores del Estado cotizan en el régimen de Clases Pasivas Civiles del Estado, no todos los empleados públicos aportan al Igss.
Las autoridades aclaran que todo depende del renglón o tipo de contratación bajo el cual labora el trabajador. Existen instituciones del Estado que, por su renglón presupuestario, deciden si realizan o no aportes al Seguro Social.
En los casos donde sí se efectúan estos aportes, los pagos se registran dentro del programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS), y son válidos para el cálculo de la pensión por vejez.
Diferencia entre pensión y jubilación
El Igss enfatiza que su institución otorga pensiones, no jubilaciones. De acuerdo con el Acuerdo 1124 de la Junta Directiva, una pensión es una prestación económica mensual que se paga al afiliado o beneficiario con derecho, tras haber obtenido la resolución que le otorga esa calidad.
Por el contrario, la jubilación es un término utilizado en otros regímenes de seguridad social, como el de Clases Pasivas del Estado, o en sistemas privados de retiro, los cuales tienen requisitos y beneficios distintos a los establecidos por el Igss.
Requisitos para obtener la pensión por vejez del Igss
Según el Acuerdo 1492, que reformó el Acuerdo 1124, el afiliado debe cumplir las siguientes condiciones para optar a la pensión por vejez:
- Tener 60 años de edad.
- Haber realizado la cantidad mínima de contribuciones al instituto. Quienes inicien su proceso de pensión por jubilación a partir del 1 de junio de 2014, necesitan aporta al seguro social un mínimo de 240 contribuciones.
El Igss también permite que los afiliados sigan cotizando incluso después de cumplir con los requisitos, lo que puede incrementar el monto de la pensión mensual, de acuerdo con los cálculos establecidos por la institución.
Pensión por jubilación del Estado
Por su parte, la pensión por jubilación se rige por la Ley de Clases Pasivas Civiles del Estado, aplicable a trabajadores del sector público.
Este beneficio se otorga a quienes hayan prestado servicios por al menos 10 años y cumplan 50 años, o bien, acrediten 20 años de servicio, sin importar la edad.
Si la solicitud de pensión se presenta después de haberse retirado del servicio, el pago se inicia desde el momento en que cese la relación laboral y el beneficiario cumpla los requisitos.