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Guatemaltecos se informan sobre la pensión por vejez: claves del conversatorio del IGSS y Prensa Libre
El IGSS explicó en un conversatorio los requisitos, cálculo y trámites para obtener la pensión por vejez, orientando a los afiliados del seguro social.
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El pasado 12 de junio de 2026, Prensa Libre llevó a cabo un conversatorio virtual para resolver inquietudes sobre la pensión por vejez del IGSS.
El evento fue posible gracias al apoyo de la suscripción digital del medio y contó con la participación de Claudia Sentes, jefa del Departamento de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS) del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).
Durante la actividad, el personal del IGSS brindó asesoría sobre cómo calcular la pensión, explicó los requisitos necesarios y respondió preguntas clave de los participantes.
Este evento representa un respaldo económico fundamental para quienes han completado su etapa laboral y desean contar con un ingreso estable durante su jubilación.
Este conversatorio se convirtió en una valiosa herramienta de orientación para los guatemaltecos que están en proceso de solicitar su pensión o que planean hacerlo en el futuro.
Esta nota presenta un resumen con los aspectos más relevantes abordados durante el conversatorio.
¿Quiénes tienen derecho a la pensión por vejez?
La pensión por vejez del IGSS es uno de los principales beneficios dirigidos a trabajadores que han contribuido al sistema de seguridad social en Guatemala.
Para acceder a ella, es necesario cumplir con ciertos requisitos de edad y número de aportes, los cuales varían según la fecha de nacimiento y de afiliación del solicitante.
A continuación, se detallan las contribuciones mínimas requeridas:
- Si cumplió 60 años entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2012: 192 cuotas.
- Si cumplió 60 años entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2013: 204 cuotas.
- Si cumplió 60 años entre el 1 de junio de 2013 y el 31 de diciembre de 2013: 216 cuotas.
- Si cumplió 60 años entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2014: 228 cuotas.
- Si cumplió 60 años a partir del 1 de junio de 2014: 240 cuotas.
¿Cómo se calcula la pensión por vejez del IGSS?
El artículo 16 del Acuerdo de Junta Directiva del IGSS establece que el cálculo de la pensión se compone de varios factores:
- 50% de la remuneración base, que corresponde al promedio de los salarios reportados durante los 60 meses anteriores a la fecha de solicitud.
- 0.5% adicional por cada seis meses de aportes que excedan los primeros 120 meses de contribución.
- Una asignación familiar equivalente al 10% del monto base, aplicable por cada beneficiario dependiente (esposa, hijos menores o con discapacidad, hijos nacidos durante el periodo de pensión).
Nota importante: La remuneración base no puede exceder los Q9,000.00, y el 80% de ese monto es el límite máximo que puede tomarse en cuenta para el cálculo de la pensión, es decir, Q7,200.00.
Ejemplo práctico de cálculo
Un trabajador que tuvo un salario mensual promedio de Q4,000.00 durante los últimos cinco años y cuenta con 240 cuotas aportadas al IGSS, tiene derecho a una pensión calculada sobre el 80% de su salario, es decir, Q3,200.00, que corresponde al valor máximo permitido para determinar el monto de la pensión por vejez.
Este afiliado recibiría su pensión calculada de la siguiente manera:
Concepto | Valor | Comentario |
50% de remuneración base | Q2,000.00 | Corresponde al 50% de Q4,000.00 |
10% Aporte adicional | Q400.00 | Por 20 cuotas adicionales a las 180 básicas |
Total sin cargas familiares | Q2,400.00 | Monto base sin beneficiarios adicionales |
20% Cargas familiares (esposa e hijo) | Q480.00 | 10% por cada beneficiario: Q240.00 por persona |
Total de pensión por vejez mensual | Q2,880.00 |
Es importante considerar que, si un hijo cumple 18 años o el afiliado se separa de su esposa o conviviente, el monto correspondiente a esos beneficiarios se elimina.
Preguntas recurrentes sobre la pensión por vejez en el IGSS
Durante el conversatorio, se atendieron y resolvieron las dudas más comunes planteadas por los asistentes. A continuación, se presentan las respuestas a las preguntas más recurrentes relacionadas con la pensión por vejez del IGSS.
¿Cuál es el monto mínimo de pensión por vejez?
El monto mínimo de pensión por vejez otorgado por el IGSS es de Q340.00 mensuales, aunque este varía dependiendo del historial de cotización y el salario promedio del afiliado.
¿Qué pasa si una persona vuelve a trabajar tras pensionarse?
Si un pensionado regresa a la vida laboral, está obligado a seguir aportando a los programas de Salud del IGSS. Por otro lado, si ya cumplió con las 240 cuotas requeridas, puede optar por dejar de contribuir, sin afectar su derecho a la pensión.
¿Cómo saber cuántas cuotas he aportado?
Se debe acudir a las oficinas del IGSS. En el área metropolitana, el trámite se realiza en el Centro de Atención al Afiliado (Catafi), ubicado en 7ª avenida 22-72, zona 1. En el interior del país, se puede solicitar en las cajas y delegaciones del IGSS.
Para períodos anteriores a 2010, es necesario llenar un formulario. Para las cuotas posteriores a 2010, se entrega una copia de laplanilla electrónica.
¿Cómo obtener el número patronal de una empresa desaparecida?
Se puede gestionar en el departamento de Registro de Patronos del IGSS, tanto en las oficinas centrales como en las delegaciones del país.
¿Puedo iniciar el trámite si me falta un año para cumplir los 60?
No. El trámite de pensión solo puede iniciarse al haber cumplido los 60 años de edad.
¿Una persona no asalariada puede afiliarse al IGSS?
Sí. Puede hacerlo como contribuyente voluntario, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por el instituto.
¿Qué ocurre si dejé de trabajar hace más de cinco años, pero tengo las cuotas?
Podrá solicitar su pensión una vez haya cumplido los 60 años de edad, y se tomará en cuenta el promedio de los últimos 60 salarios antes de ingresar la solicitud.
¿Qué hacer si ya tengo 60 años, pero no las 240 cuotas?
Puede completar las cuotas faltantes como contribuyente voluntario, si cumple los requisitos, o buscar un empleo que le permita cotizar obligatoriamente hasta alcanzar las cuotas necesarias.