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Banguat pedirá a la CC suspender uso de reservas monetarias internacionales para adhesión al CAF
La asesoría jurídica del Banguat recomendó plantear una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 85 del presupuesto del 2026, el cual avala el ingreso de Guatemala al Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe, con un aporte de US$40 millones.
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Los miembros de la Junta Monetaria (JM) conocieron un informe de la asesoría jurídica del banco central sobre el planteamiento de una acción de inconstitucionalidad parcial contra el presupuesto aprobado por el Congreso de la República, que contempla la utilización de reservas monetarias internacionales (RMI) para efectuar el aporte de Guatemala al Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe, con un aporte de US$40 millones.
El análisis jurídico fue presentado durante la sesión de la JM, por lo que se informó oficialmente que se accionará ante la Corte de Constitucionalidad (CC).
El recurso se presentaría a partir del 1 de enero del 2026, cuando entre en vigencia la ley del presupuesto, en la cual se incluye el referido artículo.
Accionarán contra uso de reservas
Durante una conferencia de prensa en la que se dio a conocer el cierre de los indicadores macroeconómicos, Leonel Moreno, gerente jurídico del Banco de Guatemala (Banguat), explicó que, en la reunión de la Junta Monetaria (JM), “por su naturaleza, se observó que el banco central tiene muy limitadas posibilidades, más que someter al control constitucional el artículo 85 ante la Corte de Constitucionalidad (CC), que es la única instancia que puede establecer si una norma es constitucional o no”.
Artículo 85 enfrenta objeción constitucional
Moreno informó que se presentó un desglose jurídico sobre el artículo 85 del Decreto 27-2025 a los miembros de la Junta Monetaria (JM).
Como parte del informe trasladado durante la sesión, se explicó que, al tomar en cuenta lo que establece el artículo 85 —según el cual, por medio del Ministerio de Finanzas, se puede solicitar al Banco de Guatemala, previa autorización de la JM, pagar acciones de la CAF en nombre del Organismo Ejecutivo—, la asesoría jurídica del banco central estima que esa disposición no es compatible con los principios constitucionales establecidos en el artículo 133 de la Constitución Política.
En ese sentido, la JM no puede autorizar al banco central a conceder financiamiento directo o indirecto, ni garantías o avales al Estado o a entidades autónomas o descentralizadas. Moreno agregó que, dentro de ese concepto institucional, “hay una duda muy razonable de que el Banguat no podría honrar compromisos del Organismo Ejecutivo, tal como lo establece ese artículo 85, por lo que la asesoría jurídica recomienda a la JM plantear una acción de inconstitucionalidad de carácter general parcial”.
El gerente añadió que la acción sería únicamente contra el artículo 85, ya que, al haber una duda razonable, se plantearán los medios de impugnación que correspondan.
Prevé acción ante la CC en enero
El momento de presentar esa acción, indicó el gerente jurídico, será a partir del 1 de enero del 2026, cuando cobre vigencia el decreto.
“A partir de esa fecha, nosotros en cualquier momento planteamos la acción de inconstitucionalidad”, remarcó.
Se informó que, hasta ahora, no se ha recibido una comunicación específica de parte de los representantes de las firmas calificadoras de riesgo país. Tampoco hay, por el momento, un pronunciamiento oficial por parte de estas.
¿Qué es?
- En el presupuesto del 2026, Guatemala se incorporará como accionista al Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF), con una participación de US$40 millones.
- En el artículo 85 del presupuesto, los congresistas aprobaron la “Participación financiera de Guatemala al CAF”. Para ello, el Ejecutivo, por medio del Minfin, deberá gestionar ante el Banco de Guatemala (Banguat) el uso de las Reservas Monetarias Internacionales (RMI), con el fin de efectuar la incorporación.
- La gestión del Minfin deberá ser conocida por la Junta Monetaria (JM). No obstante, se advierte que la medida podría ser inconstitucional y objeto de impugnaciones legales.
- La sede central del CAF está en Caracas, Venezuela. Esta institución de fomento fue constituida en 1970 y cuenta con 24 países accionistas, entre ellos 22 de América Latina, además de España y Portugal, así como 13 instituciones privadas de la región.
- El organismo multilateral tiene presencia en El Salvador, Honduras, Costa Rica y Panamá.
- El Banguat confirmó que presentará una acción de inconstitucionalidad parcial al artículo 85 en enero 2026.