Jubilación del Estado en Guatemala: las condiciones que debe cumplir para no perder su pensión
La jubilación del Estado exige cumplir condiciones legales tanto para obtenerla como para conservarla. Incumplirlas puede derivar en la suspensión del pago e incluso en sanciones. Y cuál es la diferencia entre la jubilación del Estado y la pensión por vejez del IGSS.
La jubilación del Estado en Guatemala es un derecho para los trabajadores públicos que han cumplido con los años de servicio y los aportes requeridos. Sin embargo, para recibirla y conservarla los interesados están sujetos a normas estrictas.
Personal de la Oficina Nacional de Servicio Civil (Onsec) recuerda que este régimen es independiente del IGSS, por lo que una persona puede cotizar o jubilarse en ambos sistemas sin que uno afecte al otro.
No obstante, ambos modelos presentan diferencias clave que suelen generar dudas, especialmente en cuanto a edad y tiempo de aportación.
Edad y aportes: diferencias entre Clases pasivas del Estado y el IGSS
De acuerdo con el artículo la ley, una persona puede optar a la jubilación del Estado si cumple con alguno de estos criterios:
- 20 años de servicio, sin importar la edad
- 50 años de edad y al menos 10 años de servicio
En contraste, para acceder a la pensión por vejez del IGSS, el afiliado debe cumplir dos requisitos:
- Haber aportado al menos 240 cuotas durante su vida laboral
- Tener 60 años de edad
Esta diferencia permite diversos escenarios en el régimen estatal. Por ejemplo:
- Iniciar a los 20 años y jubilarse a los 40
- Comenzar a los 50 años y jubilarse a los 60
- Iniciar a los 40 años y retirarse a los 50
En cambio, en la pensión por vejez del IGSS el requisito es más rígido, ya que el afiliado debe cumplir simultáneamente con la edad mínima y el número de cuotas exigidas; si ha completado las cuotas pero no alcanza la edad requerida, no podrá acceder a la pensión.
Jubilación del Estado frente a la pensión por vejez del IGSS
Un jubilado del Estado consultado por Prensa Libre explicó que, tras cumplir 20 años de servicio en una entidad pública, decidió retirarse.
Sin embargo, aún le faltaban más de 20 años para alcanzar los 60 años requeridos por el IGSS, pese a haber completado las cuotas necesarias.
Ante este escenario, resulta clave conocer las condiciones que permiten acceder a la jubilación del Estado y las diferencias frente al régimen del IGSS.
Diferencia entre jubilación y pensión
Aunque suelen utilizarse como sinónimos, ambos términos tienen significados distintos:
- Jubilación: es el cese de la actividad laboral tras cumplir requisitos de edad o tiempo de servicio
- Pensión: es el pago mensual que recibe una persona como resultado de su jubilación u otras causas, como viudez, orfandad o invalidez
Condiciones para no perder la pensión del Estado
El artículo 36 de la Ley de Clases Pasivas establece que el pago de la pensión estatal solo se hace efectiva si el beneficiario demuestra que ya no trabaja en el sector público.
Para ello, debe presentar:
- Acta de entrega del cargo
- Declaración jurada de no prestar servicios al Estado
Este requisito aplica para:
- Organismos del Estado
- Entidades descentralizadas
- Entidades autónomas
Autoridades de la Onsec subrayan que este paso es indispensable, ya que sin comprobar el cese laboral bajo renglón 011 no puede iniciarse el pago.
Asimismo, explican que una persona jubilada bajo este régimen no puede continuar laborando en el Estado bajo dicho renglón. No obstante, sí puede trabajar en otros renglones o en el sector privado.
En contraste, estar pensionado por vejez en elIGSS permite trabajar en el sector público o privado, sin restricciones.
Consecuencias por incumplir la ley
Según explica el artículo 38 de la ley, el incumplimiento de estas disposiciones puede generar sanciones importantes, entre ellas:
- Suspensión inmediata del pago de la pensión
- Obligación de devolver el dinero recibido indebidamente
- Posibles sanciones administrativas
El caso del jubilado del Estado mencionado antes, comenta que tras recibir su jubilación el Estado consideró que podría continuar laborando y tuvo una oportunidad de trabajar nuevamente en el sector público bajo el renglón 011 y nunca informó.
Dado que este caso se dio hace casi 20 años los sistemas del gobierno no estaban en línea ni centralizados y él no reportó el caso. ¿Qué pasó? Casi una década después de estar jubilado, el Estado le solicitó la devolución del dinero que recibió como jubilación durante el tiempo que trabajó bajo el renglón 011.
Por ello, autoridades de la Onsec recomiendan a los jubilados informarse adecuadamente y cumplir con todas las condiciones legales para evitar problemas futuros.
Excepciones
Por supuesto, existen excepciones a esta norma. Por ejemplo, los profesores e investigadores de la Usac pueden jubilarse y continuar impartiendo clases.
Asimismo, algunos beneficiarios de la jubilación del Estado pueden recibir su el aporte mensual y seguir laborando en el sector público, incluso bajo el renglón 011.