Tractocamión que desplomó pasarela en la Aguilar Batres no tenía permiso para transportar carga sobredimensionada

Tractocamión que desplomó pasarela en la Aguilar Batres no tenía permiso para transportar carga sobredimensionada

Un vehículo de transporte de carga derribó el 18 de octubre una pasarela del Transmetro en la calzada Raúl Aguilar Batres por transportar carga sobredimensionada sin permiso especial.

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22/10/2025 18:54
Fuente: Prensa Libre 

El sábado 18 de octubre, untractocamión derribó la pasarela de la estación Liceo Javier del Transmetro, ubicada en la calzada Raúl Aguilar Batres, y horas después quedó atascado en otra pasarela frente a la estación La Reformita.

Amílcar Montejo, director de comunicación de Emetra, explicó que el incidente se debió a las dimensiones y el peso de la carga: un cilindro sobredimensionado que no cumplía con los estándares para circular.

La Policía Nacional Civil (PNC) recordó que el transporte de carga en Guatemala está regulado por el Acuerdo Gubernativo 379-2010, que establece el Reglamento para el Control de Pesos y Dimensiones de Vehículos Automotores de Carga y sus Combinaciones.

Este reglamento señala que cualquier vehículo que exceda las dimensiones permitidas debe tramitar un permiso especial ante la Dirección General de Caminos (DGC).

La Solicitud de permiso para transportar cargas y dimensiones mayores que las permitidas (formulario 1-83), debe solicitarse al menos 24 horas antes del traslado y tiene vigencia para un recorrido.

Además, contempla un análisis técnico sobre las consideraciones necesarias para transportar carga que exceda los estándares de dimensiones autorizadas, así como sobre el posible desgaste de carreteras y estructuras.

No tenía autorización para circular

Según una consulta de Prensa Libre a la DGC, el tractocamión circulaba sin la autorización correspondiente, lo que constituye un incumplimiento de la ley y representa un riesgo para la infraestructura vial, según explicaron las autoridades.

Tanto Tránsito de la PNC como la DGC señalaron que el artículo 7, inciso B, del Acuerdo Gubernativo 379-2010 establece que la empresa propietaria del vehículo deberá resarcir los daños ocasionados en puentes, separaciones viales, arriates centrales, bordillos, terracería y pavimento.

Ciudad de Guatemala y Villa Nueva intervienen en el caso

Hasta el momento, se ha informado que las municipalidades de Villa Nueva y de Guatemala están involucradas en el seguimiento del incidente. Villa Nueva lo hace por jurisdicción territorial, mientras que la Municipalidad de Guatemala brinda asesoría legal relacionada con el funcionamiento del Transmetro.

Asimismo, se indicó que la sanción correspondiente será de carácter administrativo y será determinada por medio del juez competente.