Esta es la multa que podría enfrentar el hombre que dañó el Templo II de Tikal

Esta es la multa que podría enfrentar el hombre que dañó el Templo II de Tikal

El pasado 9 de diciembre se reportó la captura de un hombre sorprendido mientras dañaba parte del Templo II de Tikal. Según el Ministerio de Cultura y Deportes (MCD), este tipo de hechos está contemplado dentro del Decreto 26-97, normativa que protege el patrimonio cultural y fija sanciones para quienes atenten contra él. De acuerdo […]

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Resumen Automático

10/12/2025 16:10
Fuente: La Hora 

El pasado 9 de diciembre se reportó la captura de un hombre sorprendido mientras dañaba parte del Templo II de Tikal. Según el Ministerio de Cultura y Deportes (MCD), este tipo de hechos está contemplado dentro del Decreto 26-97, normativa que protege el patrimonio cultural y fija sanciones para quienes atenten contra él.

De acuerdo con el informe de la Policía Nacional Civil (PNC), el detenido fue identificado como Bacilio “N”, de 33 años, quien fue interceptado luego de que una denuncia alertara a los agentes sobre la agresión contra uno de los monumentos más representativos del parque, declarado Patrimonio Mundial por la Unesco.

MULTA Y SANCIONES

Según explicó el Ministerio de Cultura, la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, emitida en 1997 mediante el Decreto 26-97, establece las bases para la investigación, conservación y resguardo de los bienes culturales de Guatemala, así como las sanciones aplicables a quienes los dañen.

El Decreto 26-97, en su capítulo X habla de las sanciones o penalizaciones para quienes alteren, destruyan o extraigan bienes culturales, o afecten monumentos y áreas arqueológicas.

De forma concreta, el Artículo 44, detalla que quien altere, deteriore o dañe totalmente o parcialmente un bien podría enfrentar cárcel de seis a nueve años y una multa por el doble del valor total del bien cultural afectado.

“Al que destruyere, alterare, deteriorare o inutilizare parcial o totalmente los bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, será sancionado con pena privativa de libertad de seis a nueve años, más una multa equivalente al doble del precio del bien cultural afectado”, se lee en la ley.

Mientras que el artículo 43, explica que, la sanción por la violación de medidas protección de bienes culturales, será de veinte veces el salario mínimo mensual de la actividad comercial.

Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación. Foto La Hora: MCD.
Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación. Foto La Hora: MCD.

¿CÓMO OCURRIÓ EL DAÑO?

Según el reporte policial, Bacilio “N” habría utilizado una piedra para rayar uno de los costados del Templo II, acción que quedó grabada en un video captado por un visitante.

Tras su detención, el sindicado fue trasladado al juzgado correspondiente para iniciar el proceso penal por atentado contra el patrimonio cultural, explicaron las autoridades.

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