Guatemala activa prohibición de importación de bienes producidos con trabajo forzoso
El Ministerio de Trabajo y Previsión Social de Guatemala (Mintrab) ya trabaja sobre el Acuerdo Ministerial 377-2026, que prohíbe la importación de bienes producidos mediante trabajo forzoso u obligatorio. La medida busca alinear la política comercial del país con los compromisos internacionales en materia de derechos laborales y garantizar que Guatemala no sea puerta de […]
El Ministerio de Trabajo y Previsión Social de Guatemala (Mintrab) ya trabaja sobre el Acuerdo Ministerial 377-2026, que prohíbe la importación de bienes producidos mediante trabajo forzoso u obligatorio.
La medida busca alinear la política comercial del país con los compromisos internacionales en materia de derechos laborales y garantizar que Guatemala no sea puerta de entrada a productos elaborados bajo condiciones que vulneran la dignidad humana.
De acuerdo con Luis Reyes, Subjefe de la Unidad de Asuntos Internacionales del Trabajo de Mintrab, los próximos 90 días servirán para construir la hoja de ruta operativa del Acuerdo.
En ese plazo se desarrollará la coordinación interinstitucional con el Ministerio de Economía y el Ministerio de Relaciones Exteriores, se establecerán los mecanismos de intercambio de información y se integrará el listado oficial de empresas vinculadas a trabajo forzoso.
“Más que una medida coyuntural, el propósito es fortalecer la capacidad del Estado para prevenir el ingreso de estos bienes”, afirmó Reyes.
Un punto central del Acuerdo es la seguridad jurídica. El Ministerio explicó que para incluir a una empresa se usarán criterios técnicos y jurídicos objetivos y verificables.
Solo se considerará información emitida por autoridades competentes, resultado de procedimientos formales de investigación que contengan resoluciones, órdenes de retención o hallazgos firmes relacionados con trabajo forzoso.
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INVESTIGACIONES PROFUNDAS
Sobre el alcance de las verificaciones, Reyes aclaró que el Mintrab sí podrá realizar inspecciones en empresas radicadas en Guatemala, conforme a su mandato legal.
Sin embargo, no puede investigar extraterritorialmente. Por ello, la integración del listado se sustentará principalmente en información oficial remitida por otros países a través de cooperación internacional y canales diplomáticos.
El Acuerdo también contempla garantías para el sector privado. Toda empresa tendrá derecho de defensa y debido proceso antes de aparecer en el listado.
Los mecanismos de participación se desarrollarán dentro del procedimiento administrativo que corresponda. Y si una empresa es incluida por error, podrá solicitar su corrección o exclusión una vez que la controversia se resuelva en el país donde se originó, para luego actualizar el listado.
Para que la prohibición no se quede en papel, el Acuerdo se basa en el trabajo conjunto. El Mintrab aportará el análisis técnico especializado en materia laboral, mientras que el Ministerio de Economía aplicará las medidas en comercio exterior y la Cancillería facilitará la cooperación internacional.
Esa articulación, dijo Reyes, es lo que permitirá que el listado tenga efectos prácticos en puertos, aduanas y procesos de importación.
Al cierre de los 90 días, el Ministerio espera mostrar tres resultados concretos: un mecanismo institucional plenamente definido, canales de cooperación internacional activos y el listado oficial integrado y en aplicación.
El objetivo final es doble: erradicar el trabajo forzoso de las cadenas de suministro que llegan a Guatemala y enviar una señal clara a socios comerciales de que el país cumple con estándares laborales internacionales sin afectar la seguridad jurídica de las empresas.
Con esta medida, Guatemala refuerza su compromiso con el trabajo decente y se suma a la tendencia global de comercio responsable, donde la competitividad no puede construirse a costa de derechos fundamentales.