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IGSS otorgará bono único de Q 1 mil a jubilados por celebración de su 80 aniversario

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IGSS otorgará bono único de Q 1 mil a jubilados por celebración de su 80 aniversario
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El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) otorgará un bono único de Q 1 mil a los jubilados por la celebración del 80 aniversario de su creación el 30 de octubre de 1946 mediante el Decreto 295, durante la presidencia de Juan José Arévalo Bermejo. Este 27 de octubre, en el Diario de Centro América, […]

El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) otorgará un bono único de Q 1 mil a los jubilados por la celebración del 80 aniversario de su creación el 30 de octubre de 1946 mediante el Decreto 295, durante la presidencia de Juan José Arévalo Bermejo.

Este 27 de octubre, en el Diario de Centro América, se publicó el acuerdo 1571 del Seguro Social, donde se autoriza el bono extraordinario y único a todos los casos que cuenten con una pensión en curso de pago a la fecha que empiece a regir el presente acuerdo, de los Pensionados por Causa de Muerte, Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia y del Plan de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del IGSS.

Inauguración del Hospital General de Enfermedades del IGSS en zona 9 caputalina con el presidente Julio César Méndez Montenegro el 20 de octubre de 1968. Foto La Hora: IGSS
Inauguración del Hospital General de Enfermedades del IGSS en zona 9 capitalina con el presidente Julio César Méndez Montenegro el 20 de octubre de 1968. Foto La Hora: IGSS

¿CÓMO SE ACREDITARÁ EL BONO?

Según se lee en el acuerdo, la Junta Directiva del IGSS estableció los siguientes lineamientos para la acreditación del bono:

  • Pensiones por el riesgo de Muerte: se distribuirá el 100% entre el total de beneficiarios por partes iguales y, si se trata de un solo beneficiario, este recibirá el 100%.
  • Pensiones por los riesgos de Vejez e Invalidez: el cien por ciento (100%) al pensionado.
  • Pensiones por el riesgo de Sobrevivencia: se distribuirá en partes iguales, el 100% entre los beneficiarios reconocidos; si se trata de solo un beneficiario, este recibirá el 100%.
  • Pensiones por Plan: se entregará el 100% al pensionado.
  • Pensiones por Plan por el riesgo de Sobrevivencia: se distribuirá en partes iguales, el 100% entre los beneficiarios reconocidos; y, de existir solo un beneficiario, recibirá el 100%.
oficinas centrales del IGSS
Oficinas Centrales del IGSS, diseñadas por los arquitectos Roberto Aycinena y Jorge Montes Córdova. Foto La Hora: IGSS

¿CUÁNDO SE DARÁ EL BONO?

En el acuerdo quedó establecido que el bono extraordinario se acreditará de la siguiente forma:

  • Casos en curso de pago: durante el mes de octubre de dos mil veintiséis.
  • Casos suspensos: cuando el pensionado cumpla con las condiciones que acrediten su derecho, juntamente con la pensión en el mes de reactivación del pago.

Por otro lado, la Junta Directiva del IGSS puntualiza que a quienes se les haya extinguido su derecho de pensionamiento al momento de generar la nómina correspondiente al mes de octubre de 2026 no se les otorgará el bono.

El Acuerdo 1571 del IGSS entra en vigencia a partir del miércoles 28 de octubre, se indica en la publicación del DCA.

Acuerdo 1571 del IGSS
Acuerdo 1571 del IGSS. Foto La Hora: DCA

RESEÑA HISTÓRICA

El IGSS nace como una iniciativa durante el gobierno de Juan José Arévalo. En el Congreso se aprueba el Decreto 295, Ley Orgánica del IGSS, el 28 de octubre de 1944 y dos días después es sancionado por Arévalo Bermejo.

El 2 de enero de 1947, el presidente Arévalo Bermejo inaugura oficialmente el IGSS, teniendo como primera sede el actual Edificio de Auxilios Mutuos, de la zona 1 capitalina.

En 1949 inicia la atención a la población con el Programa de Accidentes de Trabajo, mientras que en mayo de 1953 entra en vigencia el Reglamento de Protección Materno Infantil en Guatemala, antecedente del posterior Programa de Enfermedad y Maternidad.

El 15 de septiembre de 1959 se inaugura el edificio de las actuales oficinas centrales del Seguro Social, diseñado por los arquitectos Jorge Montes Córdoba y Roberto Aycinena Echeverría, cuyos planos fueron aprobados desde 1954. Ese mismo año, el instituto logra conformar su primera flotilla de ambulancias.

En 1967 entran en vigencia los acuerdos 410 y 466 que dan vida al Reglamento sobre Protección por Enfermedad y Maternidad del IGSS, y el Reglamento de Protección Relativa a Enfermedad, Maternidad y Accidentes (EMA), respectivamente.

Con el tiempo se continúan construyendo más instalaciones, como la del Hospital General de Enfermedades del IGSS, ubicado en la zona 9 capitalina, entre otros.

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