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¿Qué procede tras suspensión de la CC sobre obligación a proveedores de reportar accionistas?
Aunque el 65% de los proveedores del Estado ya había reportado al Registro General de Adquisiciones del Estado (RGAE) la información requerida sobre sus accionistas, el Minfin dio a conocer qué procede ahora que la Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió de forma provisional esa obligación.
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Según el Ministerio de Finanzas (Minfin), el día en que se publicó la resolución de la CC, más del 65% de los proveedores obligados ya había presentado la información requerida de sus accionistas en el Acuerdo Gubernativo número 133-2024, reformado posteriormente por el Acuerdo Gubernativo número 208-2024.
Dicha disposición establecía que, a más tardar el 30 de junio, los proveedores debían actualizar sus datos ante el RGAE.
De incumplir, a partir del 1 de julio del 2025 perderían su estatus de actualizados en ese registro y no podrían participar en eventos, adjudicaciones o contrataciones en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Guatecompras).
Sin embargo, el viernes 11 de julio del 2025 se publicó en el Diario de Centro América (DCA) la resolución de la CC sobre el expediente 4255-2025, con la cual se suspendió de forma provisional el numeral ii de la literal d) del artículo 9, relativo a los reportes de las sociedades mercantiles.
El Minfin indicó que, con el objetivo de garantizar la certeza jurídica, la debida observancia normativa y la transparencia en los procedimientos registrales, el RGAE explicó los pasos a seguir:
- Las sociedades mercantiles que no habían cumplido con la disposición suspendida ya no están obligadas a presentar dicho requisito.
- Quienes no realizaron su actualización bajo el esquema de “proveedores transparentes” y cuyo estatus cambió a “No Actualizado” a partir del 1 de julio deberán efectuar una nueva actualización. No será necesario presentar el requisito suspendido.
- Las solicitudes en trámite ya no deberán cumplir con el requisito ahora suspendido.
“La disposición ahora suspendida forma parte de los esfuerzos del Gobierno para promover la transparencia, probidad, eficiencia y eficacia en la contratación pública, velar por el interés público que debe predominar en este ámbito y afianzar la lucha contra la corrupción”, argumentó el Minfin. Añadió que esta medida se emitió para conocer a detalle con quiénes se establecerán relaciones contractuales.
Asimismo, la institución afirmó que este tipo de disposiciones también buscan identificar a las personas que realmente se benefician de los contratos con el Estado. Esto ayuda a prevenir que se hagan negocios con individuos vinculados a delitos relacionados con corrupción o lavado de dinero, y facilita la verificación de posibles conflictos de interés que constituyan impedimentos legales para contratar con entidades públicas.
Respecto de su legalidad, el Minfin sostuvo que la disposición se ajusta a la normativa nacional vigente y a los compromisos internacionales asumidos por Guatemala en la lucha contra la corrupción. Además, aseguró que la medida concuerda con criterios emitidos por la misma CC en fallos relacionados con la materia.
Para resolver dudas, el ministerio pone a disposición los teléfonos (502) 2374-2822 y los correos electrónicos [email protected] y [email protected].