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Vaga ordenanza sindical huele a fraude de ley
Quien más exige un cumplimiento del comité ejecutivo son los padres de familia y más de 300 mil niños y jóvenes de todo el país.
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Los bloqueos viales, de por sí deleznables, dañinos y estériles, tocaron un nuevo fondo de incoherencia la semana previa: en los días de emergencia sísmica, en medio de las necesidades de auxilio y desplazamiento vehicular para socorrer a damnificados, grupos de sindicalistas magisteriales y salubristas se coaligaron para organizar piquetes en varias rutas del país. Entorpecieron la ayuda a afectados y le hicieron la vida imposible a miles de guatemaltecos productivos. Causaron pérdidas de tiempo, combustible, costo de oportunidad y atentaron contra garantías de locomoción y libertad de acción.
En el caso de los fanáticos jovielistas, tales bloqueos constituían una mofa a varias órdenes judiciales de deponer el paro, ponerse a trabajar y desocupar la Plaza de la Constitución. Quizá les envalentonó la injustificable pasividad del Ministerio Público para deducir responsabilidades a los dirigentes por contravenir resoluciones judiciales. Tal dirigencia nunca exhibió estos desplantes en el anterior gobierno, el cual les complacía al dedillo —y bajo total secretismo— sus bravuconadas.
El viernes último, el Comité Ejecutivo del Sindicado de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG) difundió un ambiguo comunicado dirigido a sus integrantes. Menciona que, en cumplimiento de un amparo, ordena el cese de las “medidas de hecho” —el entrecomillado pertenece a dicho documento—, pero el mismo texto, de manera críptica, detalla que los derechos de acción, asociación y manifestación de sus integrantes se mantienen “incólumes”, como si fuera una tácita invitación a proseguir la holganza. Señala el mensaje que el amparo “es extensiva solo” al “comité ejecutivo, dirigentes seccionales y subseccionales”. Son tan miopes que ni siquiera se dan cuenta de que con tal aclaración subrepticia podrían estar incurriendo en un fraude de ley.
Se supone que, si son dirigentes, ya sean centrales o regionales, en efecto “dirigen” en sus respectivos niveles. ¿Cómo puede ser posible que convoquen a formar un asentamiento de protesta —incluso bajo posibles intimidaciones en contra de agremiados— o que organicen irresponsables cierres carreteros para exigir dinero y prebendas, pero luego se laven las manos sobre lo que hacen sus seguidores? Casi se recuerda a aquella dirigencia de un partido ya extinto que en el 2003 decía que no se hacía responsable por las acciones de ciertos integrantes si su presidenciable no era inscrito. Y así surgió el nefando Jueves Negro de aquel año. Curiosamente, los bloqueos viales de estos dos sindicatos empezaron en jueves.
¿Y qué es un fraude de ley? El artículo 3, del decreto 2-89, Ley del Organismo Judicial, establece que “los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley”. Si varios amparos judiciales vigentes ordenan a cualquier dirigencia, sindical, laboral, político o sectorial que suspenda una huelga o cualquier otra actividad improcedente, tales dirigentes no pueden decir que obedecen pero que sus subordinados, por ser “ciudadanos”, proseguirán con las mismas acciones aludidas en una orden.
Quizá no se dio cuenta el comité ejecutivo del STEG, pero con su mensaje vago y supuestamente astuto en realidad está debilitando su postura. Están dejando en “libertad de acción” a sus representados, que en este momento pueden decidir dignamente retornar a sus aulas para tratar de rescatar el tiempo perdido y salvar sus plazas de trabajo. Y es que quien más exige un cumplimiento del comité ejecutivo y de todos sus subordinados no es una sala ni un juzgado, son los padres de familia y más de 300 mil niños y jóvenes de todo el país.